Incorporación de los ministriles a los efectivos musicales en la colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar de Zaragoza (1546-1603)

Ruiz Jiménez, Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988

Resumen

Incorporación de los ministriles a los efectivos musicales en la colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar de Zaragoza (1546-1603).

Palabras clave

misa , vísperas , procesión , salve , maitines , laudes , cartografía incorporación capilla de ministriles , ministriles , Miguel Calvo (ministril) , Cosme Rey (ministril) , Pedro Calvo (ministril) , Juan Montoya I (sacabuche, bajón) , Juan Montoya II (sacabuche, bajón) , Melchor del Rey (bajonista) , Andrés Brun (corneta) , Juan Clamudi (sacabuche) , cabildo de la colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar , cabildo de la ciudad


La colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar de Zaragoza fue la primera de las dos principales instituciones sacras de la ciudad en contratar un grupo de ministriles estable, posiblemente en noviembre de 1546. Este grupo estaba formado por Miguel Calvo, Pedro Calvo, Juan de Montoya y Cosme Rey, los cuales firman un recibo, el 20 de diciembre de 1546, en el que dicen que se les han abonado ocho ducados, siete sueldos y cuatro dineros, el cual está reproducido en el artículo de Carlos Bonal Asensio citado en la bibliografía (ver recurso). Este libramiento se corrobora con la anotación en el Libro de Prepositura de ese año (fol. 84r), en el que se da cuenta de que no se trataba de un pago por un servicio aislado, sino por su trabajo continuado durante dos meses al servicio de esta institución: “Más doy en descargo que pagué a los cuatro menestriles que son Pedro y Miguel Calvo, Montoya y Cosme, en el tercio de deciembre de 1546 por dos meses que fueron noviembre y deciembre… 183 sueldos 4 dineros”.

Este mismo grupo, como ya señalaba Pedro Calahorra Martínez, percibía un salario del Consejo de Jurados de la Ciudad como ministriles al servicio de la corporación municipal, al menos desde 1549:

Item, dicho día pagué por albarán de los señores jurados, a Miguel Calvo, Cosme Rey, Juan de Montoya y Pedro Calvo, menestriles de la ciudad, mil cien sueldos, y son a cumplimientos de pago de cien ducados que la ciudad les da cada un año y son por el presente año mil quinientos cuarenta y nueve”.

No se han conservado las actas municipales desde 1541 hasta esta fecha de 1549, por lo que no se sabe si pudieron contratarse simultáneamente por la ciudad y por la colegiata. El reglamento de los ministriles elaborado por la colegiata en 1578, como veremos más adelante, apunta a una contratación mancomunada que permitiera a los ministriles obtener un salario conveniente procedente de la suma de los emolumentos percibidos por ambas instituciones. Los jurados de la ciudad se reunían en las llamadas Casas del Puente, muy cerca de la ubicación del actual Ayuntamiento, a la salida del Puente de Piedra, prácticamente adosado a la Lonja y vecinas a la colegiata.

Calahorra Martínez nos proporciona algunos datos sobre los integrantes de este primer grupo de ministriles. Miguel Calvo era vecino de la parroquia de San Pablo, en la que, en 1551, bautiza a su hija Catalina. Juan de Montoya lo era de la iglesia de la Magdalena. Su hijo, el homónimo Juan de Montoya, se incorporará también como ministril a ambas instituciones (a la municipal, por primera vez, en 1557, de forma transitoria, probablemente para sustituir a Pablo Calvo, que ya no aparece). El testamento de Juan de Montoya, padre, y su mujer María de Barrios, firmado en 1555, nos proporciona una interesante noticia:

Ítem, yo, dicho Juan de Montoya, quiero, ordeno y mando que si Juan de Montoya, hijo mío bastardo, saliere con la arte de sacabuche a que yo le he encaminado, en tal caso, le sean dados y con el presente desde ahora para entonces le dejo de gracia especial los instrumentos y libros de música que hallaran ser míos, para hacer de aquellos a su propia voluntad”.

Este documento da testimonio del instrumento principal que ambos tañían, el sacabuche, aunque sabemos que ambos tocaban también el bajón; del aprendizaje en el ámbito doméstico, habitual en las frecuentes dinastías de ministriles que encontramos en la península ibérica y de la posesión por parte de estos instrumentistas no solo de sus propios instrumentos sino también de libros con el repertorio que interpretaban, como ya hemos documentando en otras entradas correspondientes al proyecto Cartografía de la incorporación de las capillas de ministriles a las instituciones sacras hispanas:
http://www.historicalsoundscapes.com/evento/1326/granada/es.

Desde el punto de vista terminológico, resulta interesante la anotación de un pago realizado en la colegiata del Pilar “a Montoya, trompón”, por dos meses hasta el 16 de marzo de 1561, fecha en la que lo despidieron (volvió a reingresar poco después). Igualmente hemos tratado sobre la dualidad sacabuche / trompón en otras entradas previas del proyecto cartográfico citado:

http://www.historicalsoundscapes.com/evento/1311/valladolid/es

Cosme Rey falleció en 1570 y fue sustituido por su hijo Melchor del Rey.

Siguiendo con la trayectoria de la incorporación de los ministriles en la colegiata del Pilar, el 1 de julio de 1548, el cabildo les aumenta el salario a cada uno de los ministriles de 50 a 70 sueldos. No será hasta 1578 cuando, al parecer, se legislen de forma precisa las obligaciones por un lado del bajonista, en sus actuaciones con la capilla de cantores, y por otro del grupo de ministriles en sus servicios como tal conjunto instrumental al servicio de la colegiata. Dado su interés, copiamos la transcripción completa publicada por Carlos Bonal Asensio:

* “Bajón. Ha de tañer Montoya el bajón todos los domingos del año que se canta canto de órgano al [roto], introito y misa a disposición del maestro de capilla. Ítem ha de tañer primeras vísperas y misa y segundas vísperas los días que aquí se nombran, quitados los días que se va a la Seu y ellos vienen como ya está dicho arriba. Primo día de la Circuncisión del Señor, día de la Ephifanía, día de la Purificación de Nuestra Señora, día de la Visitación de Nuestra Señora, Domingo de la Sanctísima Trinidad, día de Santiago, día de Sancta Ana, día de la Asumpción de Nuestra Señora, día de San Augustín, Dominica in Albis, día de la Natividad de Nuestra Señora, día de Todos los Santos, día de la Concepcion de Nuestra Señora, todos los días de las Pascuas de Navidad, Resurrectión y Espíritu Santo; día del Corpus con toda su octava, a misa y vísperas; día de los convertidos de Santiago; día de la Presentación del templo, día de la Expectación del Parto, día de San Braulio, día de San Pedro, día de San Juan Baptista, día de Sant [roto], en todos los [roto] días se ha de hacer conforme a lo que dijere el maestro de capilla y a él ha de seguir. Hase de pagar la distribución [roto] el día que se tañere sino una vez, como son los [roto] en que se hará el oficio de la Dominica, se le dará medio real. El día que tañera a primeras vísperas y misa se le da un real de distribución, medio a las vísperas y medio a la misa. El día que tañera a primeras vísperas, misa y segundas vísperas se le dará real y medio de distribución, medio real a primeras vísperas, medio a misa y medio a segundas vísperas, excepto cuando las segundas vésperas concurren con las primeras de otra fiesta en que también se ha de tañer, como son Santiago y Santa Ana. La dicha distribución se le ha de dar solamente cuando tañere”.

* [Al margen: “Ministriles”] Los días que han de tañer los menestriles. Primo todos los días que tañeren en vísperas han de estar en el choro al principio dellas para tañer cuando entrare el capitulo en el choro viniendo de la capilla de San Augustín a comenzar las vísperas.

- Primeras y segundas vísperas. Han de tañer ambas vísperas los dos días primeros de las tres Pascuas si no fuere que a esas horas los tuviere ocupados la ciudad tañendo vísperas. Ítem, día de la Asumpción si no estuvieren con la ciudad en toros, Navidad de Nuestra Señora, Concepción y Purificación, día de los Reyes, Circuncisión, Trinidad, Santa Ana, el Corpus, San Braulio y Ascensión y día de San Augustín.

- Primeras vísperas solas. Todas las vísperas de Apóstoles y Evangelistas, Presentación, Anunciación, Esperanza, Convertidos, Transfiguración y San Joséph y el octavario del Corpus, vísperas y claustra.

- Maitines. La noche de Navidad y de los Reyes han de estar en el choro para comenzar los maitines y tañer entre las licciones después que hayan cantado los cantores y al fin de laudes.

- Misas mayores. Todos los días en cuyas vísperas hubieren tañido han de tañer el día a misa mayor, si no fuere el capítulo a la Seu han de tañer cuando entra el capítulo de claustro en el choro y al ofertorio y Deo Gracias y a misa del Gallo.

- Procesiones. Han de tañer en la procesión día Santa Ana y día del Corpus cuando se va a la Seu.

- Salves. Han de tañer todos los sábados y todas las vísperas de Nuestra Señora y todas las noches que hay claustra.

- Extraordinario. Ítem han de tañer siendo avisados siempre que algún príncipe llegare a la iglesia. Ítem, los sobredichos días que han de tañer, sino fueren colendos, han de ser avisados, como son Presentación, Visitación o translación de alguna fiesta.

- Multas. La multa ordinaria ha de ser cuatro reales por cada vez que faltaren y más si fuere visto al capítulo según la solemnidad de la fiesta.

- Cuantos han de estar presentes. Han de estar en todos los susodichos oficios presentes por lo menos tres de los menestriles, y siendo menos sean multados como si no hubiese ninguno.

- Absencias. Para absentarse, los menestriles han de pidir licencia a todo el capitulo. Los días que estuvieren con la ciudad, como hasta aquí se ha acostumbrado, no son tenidos por absentes. Ítem, que atento que los menestriles hacen muchas faltas a las salves de los sábados y en otros días que están obligados de tañer a misa mayor y a vísperas, mandan sus mercedes que por cada vez que faltare alguno dellos se le punte un real a cualquiere hora de los días, y de la misma manera si faltaren en la misa al tiempo del alzar, y para esto el maestro de capilla les haga puntar si faltaren conforme a la hora que falten”.

La colegiata del Pilar adquirió también una serie de instrumentos que prestaría a sus ministriles y que nos permiten conocer la diversidad tímbrica que caracterizaría a sus interpretaciones en este recinto sacro. En 1579, el cabildo ordena realizar un inventario de los instrumentos que esta institución poseía: “más que se pongan por inventario las flautas, sacabuches y bajón, con las cornetas; y se encomienda a uno de los ministriles para que dé cuenta de ellas”.

Otros documentos testimonian préstamos personalizados de algunos de estos instrumentos:

- A Andrés Brun: “Digo yo Andrés Brun que tengo en mi poder una caja de musas [cornetas mudas o rectas] con tres musas, la cuales restituiré cuando y siempre me fueren demandadas por los dichos señores; y porque es verdad, hice el presente albarán de mi mano. En Zaragoza, a 16 del mes de abril de 1588. Yo Andrés Brun, prometo lo sobredicho”.

- A Juan Clamudi: “Digo yo, Juan Clamudi, que tengo en mi poder un sacabuche, el cual es de los señores prior y canónigos de Nuestra Señora del Pilar, y lo recibí por manos del señor canónigo Cenedo. Y porque es verdad hice el presente de mi mano a 16 de abril de 1588 y digo lo restituiré siempre que alguno de sus mercedes me lo mandare restituir, sano y bueno, etc. Yo, Juan Clamudi, prometo lo sobredicho”.

- A Melchor Rey: “Digo yo, Melchor Rey, que tengo en mi poder un bajón con su funda de badana el cual le recibo sano y por la verdad que lo recibí de los señores canónigos y prior de Nuestra Señora del Pilar. Y prometo restituirlo de la manera que lo he recibido. A 17 de abril de 1588. Melchor Rey”.

Es probable que los ministriles de la colegiata del Pilar tañeran, como conjunto, desde una de las tribunas laterales del coro, ya que, en 1594, en la reparación de uno de los órganos de esta institución se refieren a él como “el órgano pequeño del coro de los menestriles”.

Finalmente, con respecto al repertorio, la documentación de la colegiata no hace ninguna referencia concreta a libros para uso de ministriles durante el período estudiado, pero como ya hemos visto, estos ministriles tenían sus propios libros, con independencia de que pudieran usar también algunos de los libros de polifonía que esta institución poseía y que aparecen recogidos en un pormenorizado inventario redactado en 1594.

En 1603, son despedidos por el cabildo, el cual argumenta “la gran descompostura y desconcierto en que andan todos los ministriles por pasiones entre ellos”, pero serán readmitidos ese mismo año, ya que, a esas alturas, ninguna institución de una cierta solvencia económica y prestigio podía solemnizar sus principales festividades litúrgicas sin la obligada presencia de estos conjuntos instrumentales. Esta readmisión llevó aparejada la redacción de una nueva “consueta de ministriles” (1604) en la que se regularon de forma precisa sus obligaciones y su calendario de actuaciones en la colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar.

Fuente:

Bibliografía:

Calahorra Martínez, Pedro. Música en Zaragoza. Siglos XVI-XVII. 2. Polifonistas y ministriles. Zaragoza: Institución “Fernando el Católico”, 1978, 282-286, 296-306.

Bonal Asensio, Carlos, “Los ministriles polifónicos en la catedral de El Salvador de Zaragoza y en la colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar: ampliación documental (1498-1604)”, Nassarre 35 (2019), 171-201.

Creado: 13 Nov 2021
Modificado: 25 Nov 2021
Referenciar: Ruiz Jiménez, Juan. "Incorporación de los ministriles a los efectivos musicales en la colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar de Zaragoza (1546-1603)", Paisajes sonoros históricos, 2021. e-ISSN: 2603-686X. https://www.historicalsoundscapes.com/evento/1378/zaragoza.
Recursos

Coro de la antigua colegiata de Santa María la Mayor y del Pilar. Fotografía de José Antonio Cabetas

Primer libramiento a los ministriles de la colegiata del Pilar

Dixit Dominus Petro. Francisco Guerrero