Fiestas marianas patrocinadas por la hermandad del Santo Rosario de Nuestra Señora del Triunfo en Granada (1698)
Ruiz Jiménez,
Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988
Resumen
Fiestas marianas patrocinadas por la hermandad del Santo Rosario de Nuestra Señora del Triunfo.
Palabras clave
misa , fiesta de la Concepción de María , fiesta de la Encarnación (= Anunciación) , fiesta de la Natividad de Nuestra Señora , fiesta de Nuestra Señora de la Asunción , fiesta de la Purificación de la Virgen María , fiesta de la Virgen del Rosario , fiesta de Nuestra Señora de la Merced , procesión , danzas , fuegos artificiales , proyecto cofradías , cofradías con advocación mariana , comunidad religiosa del convento de Nuestra Señora de la Merced , capilla musical de la catedral , capilla de música de la capilla real , organista , campanero , cofradía de Nuestra Señora del Triunfo
En 1698, se fundaba en el convento de Nuestra Señora de la Merced la cofradía del Santo Rosario de Nuestra Señora del Triunfo. Esta hermandad estaba constituida por hombres y mujeres de elevada condición social, ya que para entrar en ella había dos requisitos imprescindibles: no haber ejercido “ningún oficio vil” y no haber sido “penitenciado por alguno de los tribunales de justicia”. Entre los primeros hermanos encontramos a dos canónigos del Sacromonte, varios caballeros veinticuatro de la ciudad, el secretario del cabildo de la ciudad, dos familiares del Santo Oficio, etc. Este hecho tiene relevancia ya que de sus aportaciones dependerá la vistosidad y aparato ceremonial de alguna de las ceremonias cultuales que la hermandad patrocinaba, las cuales desglosaremos en varios eventos.
El convento de la Merced concedió a esta cofradía la última capilla de la iglesia, a mano derecha, que estaba ubicada debajo del coro, en la que celebrarían sus cultos y donde podrían enterrar a los cofrades que así lo dispusieran. La hermandad se comprometía, en el plazo de un año, a instalar en ella un retablo con la imagen de María Santísima del Triunfo que debía dorarse y que ya tenía contratado, así como a poner una reja de hierro, una lámpara y el adorno que la capilla necesitase.
El capítulo 6º de las Constituciones tiene como rúbrica: “De la obligación de esta cofradía en orden a las fiestas que tiene obligación de hacer en cada año”. Las cinco fiestas principales organizadas por la hermandad estaban vinculadas al ciclo mariano: Concepción, Purificación, Encarnación, Asunción y Natividad. A ellas se sumaban la de Nuestra Señora de la Merced, relacionada con la institución en la que se alojaban, y Nuestra Señora del Rosario, en su propia advocación. En todas ellas se diría “una misa cantada con ministros”. La más destacada era la de la Concepción:
“Tenga obligación esta cofradía a hacer una fiesta con toda solemnidad posible el domingo infraoctavo de la Concepción, por ser el título de nuestra santísima patrona el que nos explica el triunfo de su purísima concepción en gracia en el primer instante de su animación.
Y porque esta es la fiesta principal, se ordena y manda que por lo menos sea indispensable que en dicho día haya su misa y sermón con asistencia de una de las dos músicas de la catedral y real capilla y que asista también a la procesión de por la tarde que también se ordena que sea indispensable; pero en lo demás que toca a manifestar el Santísimo, hacer fuegos, tener danzas y otras semejantes demostraciones, aunque todas debidas a María Santísima, lo dejamos al arbitrio, celo y devoción de esta santa cofradía y del hermano mayor y mayordomo a quienes se ruega y pide no omitan diligencia alguna en orden a solicitar el mayor culto de nuestra santísima patrona.
Y porque los dichos oficiales por sí solos no podrán todas las veces costear los gastos que pide la función de este dicho día, se ordena y determina que dos meses antes al dicho domingo de la octava de la Concepción se haga cabildo por los oficiales de dicha cofradía y en él se confiera como se haya de hacer la dicha fiesta, y conferido se les intime a los diputados de dicha hermandad avisen generalmente a todos los hermanos, y para que todos asistan en cabildo el día que señalaren y en él se les proponga a todos lo conferido y se les pida ayuden cada uno con lo que pueden según sus posibilidades y caudales...”
El capítulo 8, nos habla de los compromisos económicos de la cofradía con la comunidad reglar:
“Item, se ordena tenga obligación esta hermandad a pagar a este convento 100 reales por la fiesta principal, que será en la forma que queda dicho en el capítulo sexto; y es constitución que si acaso la cofradía hiciese la dicha fiesta principal con procesión solemne por las calles, fuera de los dichos 100 reales pagará más 4 ducados a este convento y dará una vela a cada religioso de los que asistieren a dicha procesión, guardando asimismo los estilos que las cofradías tienen en semejantes casos.
Item, se ordena que si esta cofradía se hallase con posibilidad para hacer octavario de fiestas y sermones, en tal caso consulte con el reverendo padre comendador para su ajuste. Item, se ordena que lo que toca a el sermón o sermones de dicha fiesta sea obligación de el hermano mayor y mayordomo convidar para él a los religiosos de este convento, y asimismo sea y esté a su cargo pagar la limosna a el dicho predicador.
Item, ha de pagar esta cofradía 30 reales el día de dicha fiesta, los 10 para el religioso organista y los oficiales que tocaren las campanas, y a el religioso organista se le darán los 5 y los 20 que restan se darán los 15 para la sacristía y los 5 a el sacristán menor por su asistencia.
Item, tenga obligación la hermandad de dar 6 reales por cada una de las misas cantadas que van expresadas en el capítulo sexto”.
Estas constituciones nos permiten confirmar a finales del siglo XVII la existencia de un órgano en este convento y de un organista mercedario encargado de tañerlo.
Para las salves patrocinadas por esta hermandad en los días de las citadas festividades, véanse los eventos ubicados en la vecina localización del Triunfo de Nuestra Señora.