Foundation of the chapel of El Santo Sepulcro in the Osuna Collegiate Church (1545)
Ruiz Jiménez,
Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988
Abstract
In 1545, Juan Téllez Girón, IV count of Ureña (1498-1558), founded the chapel of the Santo Sepulcro under the main chapel of the collegiate church of Nuestra Señora de la Asunción in Osuna. This place was destined to become the funeral chapel of his family. For the polyphonic musical accompaniment of the liturgy, the chapel staff increased with an organist, a chapel master, four singers (soprano, alto, tenor and bass) and two choirboys. In the founding statutes also established the repertoire that should be performed by expressly quoting the composers whose works were to be sung.
Keywords
mass , requiem mass , liturgical office , vespers , Juan Téllez de Girón (4th Count of Ureña) , Cristóbal Villacarbín (chapel master) , Juan Trillo (alto) , Pedro Gallardo (tenor) , Antón Días (bass) , organist , Santo Sepulcro music chapel , Francisco de Peñalosa (composer, singer) , Juan García de Basurto (composer) , Pedro de Pastrana (composer) , Pedro de Porto (composer) , Antonio Marleth (composer) , Pedro Fernández de Castilleja (composer, chapel master) , Pedro de Escobar (composer, chapel master, singer) , Cristóbal de Morales (composer, chapel master, singer) , Jean Mouton (composer)
Juan Téllez Girón, IV conde de Ureña (1498-1558), fundó en 1545 la capilla del Santo Sepulcro debajo de la capilla mayor de la colegiata de Nuestra Señora de la Asunción de Osuna. Este lugar estaba destinado a convertirse en la capilla funeraria de su familia. La bula de erección de la capilla fue dada por el papa Paulo III y está fechada en Roma el 26 de febrero de 1545. Su cabildo estaría constituido por nueve capellanes, uno de los cuales sería el capellán mayor y canónigo perpetuo de la colegiata, también patronato del citado conde. El 5 de diciembre de 1548, estando en la sacristía de la capilla del Santo Sepulcro el capellán mayor y el resto de los capellanes, juntamente con su fundador, se formalizaron los estatutos “primordiales” de la misma ante el notario apostólico Alonso de la Cámara. Estos fueron adicionados de nuevas cláusulas el 4 de julio de 1552 y el 1 de julio de 1558. El capellán mayor tenían la obligación de decir cincuenta y dos misas cantadas al año en las fiestas de primera y segunda dignidad [particular jerarquización propia de la diócesis hispalense] establecidas por su fundador y los ocho capellanes restantes se repartirían las ciento tres misas cantadas de réquiem que tenían que oficiar anualmente en la capilla. Celebraban también las horas del oficio, diurnas y nocturnas, durante todo el año. Para el acompañamiento musical polifónico de la liturgia, se aumentó el personal de la capilla del Santo Sepulcro con un organista, un maestro de capilla, cuatro cantores de los registros de tiple, contralto, tenor y bajo y dos seises. Veamos las cláusulas fundacionales dedicadas a la dotación de estos efectivos musicales en la citada capilla, donde se nombran los primeros cantores, los cuales eran capellanes al servicio de la misma institución y de la colegiata:
“Pues es costumbre loada y aprobada haya en las iglesias que las puedan sostener música de voces y de instrumentos para solemnizar las festividades, justa cosa y conforme a razón, parece que en esta capilla se canten las fiestas y se tañan unas vísperas y al día siguiente una misa y no más y que las misas de viernes y lunes se digan con solemnidad y con cerimonias y para ello he acordado pues hay entre los capellanes buena voz de contralto y buena voz de tenor dar orden como la capilla tenga un tiple clérigo o por lo menos que sea ordenado de evangelio y un contrabajo también clérigo y dos mochachos de buenas voces y un maestro de capilla que ordene y registre lo que se ha de cantar y un tañedor de órganos, a los cuales la capilla dé y pague sus salarios y partidos y ayudas de costa en esta forma:
- Que a Juan Trillo se le den de ayuda de costa pues tiene partido de capellán sobre su partido seis mil maravedís porque cante su contralto cuando el maestro de capilla se lo encomendare y le convidare para que ayude con su voz.
- Que a Pedro Gallardo se le den de ayuda de costa pues tiene partido de capellán seis mil maravedís por que cante, etc.
- Que a Antón Díaz, capellán de coro de la iglesia mayor se le den diez mil maravedís por contrabajo de la capilla del Santo Sepulcro.
- Que la capilla del sepulcro procure y busque dos mochachos de buenas voces que sepan canto de órgano aunque poco sea, lo que bastare para ayudar a unas vísperas y a una misa y a cada uno de ellos dará ocho mil maravedís por cantorcillos.
- Que la capilla dé salario a Cristóbal Villacarbín por maestro de capilla para que administre y rija el facistol y cuando fuere día que se ha de cantar pues lo hace muy acertadamente y... sin dar codazos ni palmadas en el libro como lo acostumbran hacer otros maestros de capilla desconcertados y de mal oído el cual dicho salario será doce mil maravedís en cada año al dicho maestro por su magisterio.
- Que la capilla busque un tiple que no sea capado por que todos cantan de mala gana sino que sea tiple mudado y que tenga gentil voz y cante de buen aire y se menee con gracia y con algunos quiebros en la voz ya que no tenga garganta, el cual dicho tiple siendo buena pieza se le disimularán estas faltas y defectos que van declarados que son los siguientes:
* Que no tenga mucho cuerpo de voz ni muy llena ni voz larga para cantar veinte puntos.
* Que no tenga muy alta voz porque en la capilla del Sepulcro no se ha de cantar con posturas extremas sino movidas hasta quince puntos no más y por esto se sufre que siendo gentil cantor pase aunque no tenga demasiado alto, que aunque no sea muy diestro ni gran cantante medianamente se pasará con él”.
El conde asignó al cantor tiple un salario de 30.000 maravedís y al organista 37.000. Determina igualmente las multas que tendrían por faltar a sus obligaciones, las fiestas en las que la capilla de música debería actuar y un aspecto de especial interés, el repertorio que deberían interpretar, señalando que no debía cantarse música extranjera y precisando los compositores de referencia: Peñalosa, Escobar, Pastrana, Basurto, Pedro de Porto, Anton Marlete [Antonio Marleth] [Pedro Fernández] Castilaja [Castilleja], Morales y Moton [Jean Mouton].
La minuciosidad en algunos de los detalles referentes a los registros vocales, tanto a la potencia y extensión de la voz como a detalles de ejecución vocal, al maestro de capilla, así como al repertorio que debía interpretarse, presentes en los estatutos redactados por Juan Téllez Girón, ponen de manifiesto la sólida formación humanista del conde, en la que la música había tenido un destacado papel. Su directa vinculación con Sevilla, el puesto de “Camarero mayor” del emperador Carlos V y el parentesco con el duque de Arcos, su sobrino, mecenas de Cristóbal de Morales, explican la selección de compositores elegidos para que con sus obras se solemnizaran las celebraciones litúrgicas oficiadas en su panteón funerario. De dos de los compositores de este listado, Pedro de Porto y Antonio Marleth [Marlet/Marlé], la única obra que ha llegado a nuestros días es un Magnificat que se encuentra en el libro de polifonía 2/3 de la catedral de Tarazona [E-TZ 2-3], un volumen cuyo contenido parece claramente compilado en el entorno hispalense. La única referencia a un Magnificat de Porto que conocemos en otra fuente musical es el libro de polifonía 32 del inventario de 1721 de la catedral de Sevilla, el cual no ha llegado a nuestros días. Resulta curiosa la prohibición de música extranjera pero que el conde incluyera al compositor franco-neerlandés Jean Mouton, dos de cuyas misas alcanzaron una gran difusión en España a través del impreso romano de Antico Liber quindecim missarum [15161].
Juan Bermudo, en su Declaración de instrumentos musicales (Osuna: Juan de León, 1555), fol. cxxxixr [bis], nos informa que Cristóbal de Morales compuso una misa de réquiem para Juan Téllez Girón. Se trata de la Missa pro defunctis a 4 voces, de la que se conservan varias fuentes musicales. Es más que probable que esta misa fuera interpretada en los funerales del conde, fallecido el 19 de mayo de 1558 y enterrado en la capilla del Santo Sepulcro. Según el testimonio de su biógrafo Gerónimo Gudiel:
"Hallaronse a su muerte y entierro don Pedro Giron, su hijo, y don Pedro Fajardo su yerno, que agora es marques de los Velez, y el duque de Arcos don Luys Ponce de Leon su sobrino, y muchos prelados de las ordenes de toda el Andaluzia, que vinieron a sentir lo mucho que se perdia con su falta, como de padre y verdadero patrono de todas ellas. Fue lleuado su cuerpo a sepultar al sepulchro, que avia hecho con solemnes exequias, de que tuuo grande y particular cuydado don Pedro Giron, su hijo, en ombros destos señores y prelados con pompa y larga procession de clerigos y religiosos Dominicos, Franciscos, Agustinos, Carmelitas, Minimos y de la tercera orden, cercado de todos sus criados y principales personas de su estado del Andaluzia: no faltando el collegio y vniversidad de Ossuna, dando todos muestra de lo que perdian con luto y sentimiento muy grande, acompañado de muchas lagrimas y llantos de toda la gente, mayormente de los pobres que tanto fauor perdian”.