Apprenticeship contract to learn how to play the sackbut (1567)
Roth,
Dietmar
Departamento de Historia del Instituto de Estudios Almerienses
0000-0001-9605-6647
Ruiz Jiménez,
Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988
Abstract
Apprenticeship contract between Andrés del Castillo, musician at the service of Luis Fajardo, 2nd Marquis of los Vélez, and Juan Marzo to teach him how to play the sackbut.
Keywords
Apprenticeship contract , music lessons , Andrés del Castillo (sackbut player, musician, wind player) , Juan Marzo (sackbut player, wind player) , sackbut player , Luis Fajardo (2nd Marquís of los Vélez)
El 3 de abril de 1567, Diego Marzo, repostero de plata de don Luis Fajardo, segundo marqués de los Vélez entre 1546 y 1574 y marqués de Molina desde 1535, otorgó ante escribano un contrato con Andrés del Castillo, “músico de su Señoría Ilustrísima del arte de sacabuche”. Este instrumentista al servicio del marqués de los Vélez había “tomado a cargo de mostrar a Juan Março, su hijo, la musica y arte y tañer el sacabuche todo lo que el dicho Juan Março, su hijo, pudiere y quisiere aprender”. Se establece que el periodo de duración del contrato sería de un año y que Andrés del Castillo recibiría 24 ducados (9.000 maravedís) repartidos en tres pagos efectuados cada cuatro meses.
Andrés del Castillo se comprometía a darle “las liçiones que convengan, sin hazer en ello fradude ni cautela, sino bien y fielmente, y dalle para ello sacabuche todo el dicho tiempo de un año, yendo el dicho Juan Março donde el dicho Andrés de Castillo fuere a servir a su Señoría Ilustrísima del dicho arte de sacabuche”. Como vemos, además de proporcionarle el instrumento para su aprendizaje, al igual que en otros contratos similares, su alumno tenía la obligación de servir con él en las actuaciones a las que acudiera.
El contrato establece la cláusula de que Andrés del Castillo solo podría interrumpir la actividad docente concertada si cesaba en su servicio al marqués, en cuyo caso percibiría la cantidad prorrateada que le correspondiera por el tiempo en el que había ejercido tal actividad. Por su parte, Diego Marzo se comprometía a mantener a su hijo durante todo el año, pagándole completa la anualidad si, por cualquier causa, lo retiraba de sus clases. Los testigos del contrato fueron Andrés de Ribera y Juan de Úbeda, veedor del marqués.
El hecho de que el contrato denomine a Andrés del Castillo como “músico”, aunque luego precise “del arte del sacabuche”, y no como ministril, puede significar que, como ocurre en otros casos, tañera al servicio del marqués de los Vélez también otros instrumentos de los llamados “bajos”. Véase: