Confraternity of musicians of the Capilla Real in Granada
Ruiz Jiménez,
Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988
Abstract
The music chapel of the Royal Chapel of Granada set up the brotherhood of the Ánimas for the social protection of its members in 1675. Years later, in 1741, it attempted to found the confraternity of the Holy Christ of Forgiveness, which it failed to do due to opposition from the chapter of the Capilla Real, although they were allowed to continue officiating in the chapel of San Ildefonso the religious ceremonies of their guild, of which we have news until at least 1803.
Keywords
mass , burial , vespers , procession , anniversary , salve , confraternities project , confraternities of the Souls in Purgatory , professional confraternities , music chapel of the capilla real , confraternity of the Souls of Purgatory (musicians of the Capilla Real in Granada) , chapter of the capilla real , Francisco García (chapel master) , Antonio de Sosa (¿singer?) , Juan Félix Fernández (succentor) , Juan López (singer) , Andrés de Torres (singer, chapel master) , Martín Zunzarren (tenor) , Luis García de las Vacas (tenor, organist) , Diego Aguirre (singer) , Juan Mauricio de Villalta (singer, chapel master) , Juan Valera (dulcian player) , Antonio Gallegos (wind player) , Pedro Ruiz (harpist) , Francisco Moreno (wind player) , Francisco Valverde (ministril) , Juan de Moya (organist) , Juan Moreno (dulcian player)
La capilla de música de la Capilla Real de Granada, al igual que sus homólogas de la catedral y la colegiata del Salvador, constituyeron su propia asociación para la protección social de los cantores y ministriles integrados en ella. En 1911, Francisco de Paula Valladar tuvo acceso a un manuscrito, tamaño folio, que tenía como título Libro de la hermandad que hicieron los señores maestros de capilla, cantores y ministriles de esta Real Capilla de Granada el día 27 de septiembre de este año de mil seiscientos y setenta y cinco. En mis visitas al Archivo de la Capilla Real no he logrado localizar este volumen, el cual Valladar dice que puso en su conocimiento el maestro “D. José Moral”, por lo que, en esa fecha, podría haber estado ya en manos privadas. La escasa información que proporciona Valladar sobre este documento ya nos recuerda un estatuto de similares características instituido unos años después para la capilla de música de la colegiata del Salvador (véase: http://www.historicalsoundscapes.com/evento/1365/granada/es).
En el acta de constitución de la hermandad se cita a los licenciados: Francisco García, maestro de capilla; Antonio de Sosa [¿cantor?], Juan [Félix] Fernández [sochantre], Juan López [cantor], Andrés de Torres [cantor], Martín Zunzarren [cantor tenor], Luis García de las Vacas [cantor tenor], Diego Aguirre [cantor], Juan Mauricio de Villalta [cantor], Juan Calera [sic] [es Juan Valera, bajonista], Antonio Gallegos [ministril], Pedro Ruiz [arpista], Francisco Moreno [ministril], Francisco Valverde [ministril] y el licenciado Juan de Moya [organista], secretario, “todos ministros de el rey N. S. en esta Real Capilla”. Acuerdan fundar esta hermandad “para el bien de sus almas y de los hermanos y compañeros que les sucedieren”. Deciden hacer un arca con tres llaves, las cuales estarían en poder del maestro de capilla, del cantor con mayor antigüedad, prefiriéndose a los sacerdotes, y del ministril más antiguo. En este arca se depositaría la mitad del estipendio que obtuviesen en todas las fiestas que sirviesen fuera de la Capilla Real, la cual estaría en poder “de el sacerdote más fidedigno”.
Del arca de la hermandad se sacaría la cantidad necesaria para decir 200 misas por el alma de los cofrades fallecidos, precisando que no se podría elegir el lugar en el que se oficiarían, lo cual quedaba “a la voluntad de la hermandad para que con más brevedad se cumplan”. Valladar se limita a añadir: “con otros capítulos encaminados al orden y concierto de los asociados tocante al piadoso fin de la institución”. Se eligió como depositario a Antonio de Sosa y como secretario a Juan de Moya. El primer hermano fallecido que registra este libro es Juan Mauricio de Villalta (†28-6-1676) y el segundo Juan de Moya, muerto en Málaga en 1687, en cuya catedral desempeñaba el cargo de racionero organista.
Un pleito entablado por los hermanos de esta cofradía con el cabildo de la Capilla Real, como consecuencia de que esta corporación había acordado que una de las llaves del arca estuviera en manos del protector de la capilla de música, un capellán real, permite conocer los capítulos que incluían la constituciones originales y nos proporciona algunos detalles que Valladar omite. Este documento, conservado en el Archivo de la Capilla Real, tiene por título: “Papeles pertenecientes a la hermandad de Ánimas de la capilla de música y sus intereses sobre lo que hay autos seguidos ante el señor juez protector en el año 1765”. Para defender su posición, Juan Moreno, bajonista de la capilla y miembro de la hermandad, presentó:
“Un libro con ciento ochenta y seis hojas, forrado en pergamino que dice: Constituciones de la hermandad de Ánimas de la capilla de música de la Real Capilla de Granada. Año de mil seiscientos setenta y cinco y que al folio primero hasta el quinto hay unas que a la letra son del tenor siguiente”.
A tenor del título, parece que el ejemplar que presentaron no era el mismo que vio Valladar, pudiendo tratarse de dos copias distintas. En este caso, se dice que el libro se hizo el 27 de septiembre de 1675 y recoge, igualmente, los componentes ya citados que fundaron esta hermandad. Los primeros capítulos tratan de lo ya expuesto.
- El capítulo 4 señala que si el hermano fallecido moría con deudas se dirían igualmente las 200 misas.
- El capítulo 5 precisa que los nuevos músicos admitidos tenían que dar una limosna de 12 misas rezadas que se depositaría en el arca (en otro lugar se precisa que el depósito era de 24 reales). Se nombra por contador de todas las limosnas a Juan Mauricio de Villalta.
- Se decreta que los miembros de la capilla de música asistieran a los entierros de sus compañeros.
- Recoge igualmente las fechas de los dos primeros fallecidos: Juan Mauricio de Villalta (†28-6-1676) y Juan de Moya (†15-1-1687).
- Para que les dijeran las 200 misas, los hermanos debían tener una antigüedad en la corporación de más de dos años.
- El 7 de julio de 1709, reunidos en el convento de San Francisco, Casa Grande, acuerdan que si cualquiera de los integrantes de la hermandad permanecía en la capilla menos de seis años solo tendría derecho a que se le dijeran las 200 misas, pero si su permanencia era superior, se sufragaría también su entierro.
- Este expediente recogía igualmente diferentes recibos de pagos de misas.
El pleito, desencadenado por la entrega de una de las llaves del arca al protector de la capilla de música, pretendía frenar lo que sus legítimos propietarios consideraban una injerencia del cabildo en sus asuntos, ya que, como exponen: “solo a ellos competía el gobierno de esta hermandad”. El cabildo les responde que esa corporación estaba sujeta: “al gobierno económico, político y moral del dicho señor capellán mayor y cabildo” y que en distintas ocasiones habían tenido que intervenir para aprobar sus estatutos y arreglar sus diferencias.
Como era habitual en este tipo de cofradías, contaban con tres libros en los que se recogían, respectivamente, las constituciones, los acuerdos y las cuentas.
El libro que consultó Valladar contenía, como veremos a continuación, otros datos referentes al devenir de la hermandad. El 8 de marzo de 1749, se determinó “reformar la desordenada amplitud que usaban los músicos y ministriles faltando al cumplimiento de las fiestas”, lo cual hizo que se regulara, como era habitual en otras capillas, las penalizaciones por los retrasos en acudir a servir una determinada fiesta:
- “Ítem, el que no estuviere presente al fin del primer Kyrie pierda media parte y no estando al fin de la Gloria la parte entera.
- Ítem, el que no estuviese presente (habiendo servido la media misa) al principio del Incarnatus y si no hubiese Credo al principio de el villancico pierda media misa y si antecedente hubiera perdido media la pierda entera.
- Ítem, el que no estuviese presente al fin del segundo verso del Dixit Dominus, que es Donec ponam, etc., pierda la parte entera del punto de vísperas.
- Ítem, el que no estuviese presente a el fin del verso Venite exultemos Dominus, etc., pierda la parte entera del punto de vigilia [aniversarios].
- Ítem, el que no estuviese presente a el principio del primer villancico de procesión pierda la parte entera de dicho punto.
- Ítem, el que no estuviese presente a el fin del verso primero de música en la Salve pierda la parte entera de dicho punto.
- Ítem, en la misas que ocurriere no tener Gloria, el que no estuviese presente al primer Dominus vobiscum, dichos los Kyries, pierda la parte entera y en las que ocurriere no haber Credo al principio del villancico como ut supra se dice”.
El acta está firmada por Nicolas Huerta que era el secretario de la hermandad y organista de la Capilla Real. Como vemos, este acuerdo nos proporciona una interesante información de los distintos servicios a los que habitualmente asistía la capilla de música fuera de la Capilla Real, en muchos casos patrocinados por las cofradías de la ciudad y oficiados en sus sedes respectivas.
Algunos acuerdos capitulares dan noticia también de esta hermandad. En los autos del cabildo, fechados el 5 de mayo de 1741, se menciona el intento de creación de una cofradía de corte más devocional, con el título del Santo Cristo del Perdón, integrada mayoritariamente por los músicos de esta institución, tal y como ocurriría en la colegiata del Salvador:
“Leyóse un memorial que presentaron algunos músicos de esta Real Capilla y algunos familiares de los señores prebendados de ella, por el que suplicaban al cabildo les permitiese licencia para congregarse y formar hermandad con la que diesen culto al señor del Perdón, imagen que se venera en la capilla de señor San Ildefonso, sita en esta Real Capilla, y para dar principio a dicha congregación y hermandad celebrar una misa cantada con música en dicho altar; y habiendo visto la referida pretensión se determinó por el cabildo concederles licencia para que el viernes, que se contarán doce del corriente, celebren una misa cantada en obsequio y culto del Señor del Perdón, para cuyo fin el sacristán mayor se mandó diese todos los ornamentos y aparatos correspondientes; y por lo tocante a la erección y establecimiento de dicha hermandad se mandó que se hiciesen un extracto de constituciones, modo, procedimiento y gobierno de dicha hermandad, y los presentasen al cabildo, para que aprobase y reprobase, según le pareciese conveniente para el culto de su majestad y perpetuidad de dicha hermandad”.
Los músicos “y algunos pajes de señores prebendados”, remitieron al cabildo, en agosto de ese mismo año, un memorial en el que solicitaban la licencia para la creación de esta cofradía, “con el fin de rendir anualmente culto a la sagrada imagen”. El 28 de agosto, los capitulares acordaron:
“Que no estableciesen ni fundasen hermandad con nombre de tal, ni pidiesen limosnas, fuera ni dentro de la capilla, sí solo les permitió, para satisfacer su devoción y a causa tan piadosa, que celebrasen las misas cantadas que su celo y posibilidad les proporcionase, precediendo siempre para ello licencia del cabildo”.
La cuestión es que, siguiendo con la denominación de las Ánimas, la hermandad de los músicos celebraba sus “honras” en la capilla de San Ildefonso, siempre con el beneplácito previo del cabildo. El acuerdo capitular de 20 de noviembre de 1744 da cuenta de ello:
“Se leyó memorial de la hermandad de los músicos, pretendiendo que el cabildo les diera licencia para celebrar sus honras, como todas las hermandades acostumbran, en el altar de San Ildefonso, y que el sacristán les dé los ornamentos y cosas necesarias, cuya licencia les concedió como pedían”.
Valladar nos dice que el libro que el pudo ver recogía datos de la hermandad de los músicos hasta 1803.
La capilla de San Ildefonso, situada a los pies de la Capilla Real, debajo del coro, en el lado del evangelio, está cerrada por una excelente reja del estilo del maestro Bartolomé que, en su parte central, encima de la puerta del acceso, tiene el escudo imperial, con el águila bicéfala a cuyos lados encontramos dos amorcillos que surgen de sendos cuernos de la abundancia. Actualmente no hay en ella ninguna imagen que pueda identificarse con el citado Cristo del Perdón (el Ecce Homo relicario de Bernardo de Mora estuvo hasta hace unos años en otra ubicación). Existen en la Capilla Real tres lienzos con ese mismo modelo iconográfico, el cual en algunos lugares es conocido también como “Cristo del Perdón”: Coronación de Espinas de Juan de Sevilla (1643-1695) y otros dos, anónimos, también del siglo XVII, que Antonio Gallego Burín nombra como Señor grande de la Humildad y Señor de la Humildad. Este último se encuentra actualmente fuera de la capilla de San Ildefonso, en el lateral izquierdo (véase recurso).