Confraternities at the hospital of La Caridad y Refugio in Granada
Ruiz Jiménez,
Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988
Abstract
Confraternities at the hospital of La Caridad y Refugio in Granada
Keywords
requiem mass , matins for the dead (= vigil) , feast of the Conception of Mary , sermon , confraternities project , hospital confraternities , feast of the Descend of the Holy Spirit (Pentecost)) , mass , the pealing of bells , feast of All Souls Day , feast of Saint John the Baptist , feast of the Assumption of Our Lady , feast of the Massacre of the Innocents , closed confraternities , women and musical networks project , Cofradía of the Charity and Shelter , confraternity of Saint Peter ad Vincula
Las primeras noticias de la cofradía de la Caridad de Nuestro Señor Jesucristo y de Nuestra Señora del Refugio se vinculan a la redacción de sus Constituciones en 1513, a iniciativa de Diego de San Pedro y Gaspar Dávila, durante el arzobispado de Antonio de Rojas, aunque su fundación probablemente tuviera lugar unos años antes. Las Constituciones de 1801 (pp. 1-2) dicen: “Esta hermandad tuvo principio en Granada por los tiempos de su conquista, hallándose formada en el año mil quinientos diez y con algunas Constituciones en mil quinientos trece”. La integraban “ciudadanos de distinguida clase y virtud” que con sus limosnas ejercían “todas las obras de caridad y misericordia”. En 1525:
“Unos fieles sacerdotes de otra hermandad de la advocación y nombre de San Pedro de Ad Vincula que cuidaban de socorrer presos pobres de la cárcel, encargaron sus obligaciones y cuidados a los hermanos de nuestra Caridad y les dieron unos censos perpetuos y rentas que tenían para con que pudiesen acudir a algo de lo mucho que socorrían”.
Sus méritos les grajearon el que la comunidad dominica del convento de Santa Cruz la Real les diera una capilla de su iglesia para la sepultura de sus hermanos y sede de su hermandad. En 1532, se trasladaron a unas casas de la calle Elvira, frente al hospital del Corpus Christi, donde a expensas de Diego de San Pedro “y otros caballeros” se fundó el hospital del mismo nombre. Esta institución hospitalaria fue establecida exclusivamente para la atención y cuidado de mujeres enfermas: “que no sean incurables, ni enfermas de mal francés [= sífilis], ni heridas”. En 1615, “se colocó en su iglesia el Santísimo Sacramento”. Esta iglesia, dedicada a la Concepción de María, es descrita por José Giménez Serrano, en su Manual del artista y del viagero en Granada (1846, p. 311), como: “pequeña y mal dispuesta, pero encierra doce cuadros de Juan de Sevilla, algunos buenos y otros muy medianos por ser de sus primeros tiempos”. Seis de esos cuadros se encuentran actualmente en el refectorio del monasterio de San Jerónimo. A principios del siglo XX, para la realineación de las calles de Elvira y Cetti Meriem se expropió una parte del inmueble que sería demolido en 1915, trasladándose ese mismo año el hospital a su nuevo emplazamiento en el callejón del Pretorio.
El cronista Francisco Henríquez de Jorquera da cuenta de la solvencia económica y de algunas de sus actividades piadosas y cultuales:
“Es fundación de personas caritativas, eclesiásticas y seglares, que con sus limosnas agregaron renta para obra tan piadosa y hoy se le han agregado muchas obras pías y el refugio de pobres, con hermandad de toda la nobleza desta ciudad de Granada que con sus limosnas sustentan muchas y muchos necesitados, socorriendo pobres. Piden todos los días dos caballeros y se junta mucha limosna. Hácense grandes fiestas en las cuales se dan bastimientos a pobres viudas y doncellas y otros pobres y en particular la pascua de Pentecostés, que se celebran los tres días manifiesto el Santísimo Sacramento y se gana grande jubileo de cuarenta horas”.
Henríquez de Jorquera nos dice también que el colegio de las Doncellas se había fundado en esta institución y que permaneció en ella hasta el traslado a su nueva ubicación en la calle de la Cárcel en 1639: en “las casas principales de don Rodrigo de Ávila [Dávila] Ponce de León y Bohorques”. Véase: https://www.historicalsoundscapes.com/evento/564/granada.
En los fondos de Archivo de los Condes de Luque, consultables en el Archivo Histórico de la Nobleza de Toledo, se ha conservado la carta de hermandad de la cofradía de la Caridad y Refugio otorgada a Luis [Gabriel] Fernández de Córdoba, “veinticuatro de Granada y regidor y depositario de la villa de Motril”, con motivo de su ingreso en esta institución. Está fechada el 5 de noviembre de 1639 (véase recurso).
En las constituciones de 1801 (p. 4), se dice que la hermandad granadina se asoció con la del Refugio de Madrid en 1639: “y añadió a su primer título de Caridad de Nuestro Señor Jesucristo aquel otro con que este hospital es hoy denominado”.
Antonio de la Chica Benavides, en su Gazetilla curiosa o Semanario granadino (Papel V, 7 de mayo de 1764, y XXIII, ), confirma algunos de los datos ya apuntados sobre esta hermandad de la Caridad y Refugio y precisa otros detalles sobre la atención hospitalaria (véase recurso).
La capilla del hospital de la Caridad se encontraba en la demarcación eclesiástica de la iglesia de San Gil y a su beneficiado le correspondía el celebrar las misas cantadas y el resto de los oficios que la cofradía organizaba en ella, salvo las misas rezadas que eran obligación del rector de la hermandad –las Constituciones establecían que debía ser un sacerdote de más de cuarenta años, el cual estaba obligado a residir en el cuarto que tenía asignado en el hospital–, así como percibir el resto de los derechos parroquiales, como era habitual y venía determinado por las Constituciones Sinodales del arzobispado de Granada:
“En todos los hospitales se diga misa los domingos y fiestas de guardar y otros días, si hubiere aparejo, a los pobres y enfermos de ellos y el rector tenga cuidado que todos la oigan entera, y en los hospitales donde hubiera capillas y concurre gente de fuera a oír misa, no se dirá los domingos y fiestas de guardar mientras en la iglesia parroquial de tal hospital se dijere la misa mayor y ninguna misa cantada ni otro oficio cantado se digan en los dichos hospitales si no fuere por el beneficiado o beneficiados de su parroquia o de su licencia”.
En un impreso (1657), en el que el beneficiado de la iglesia de San Gil, Jerónimo de la Serna, fundamenta esos derechos parroquiales sobre el hospital de la Caridad, encontramos algunos datos de interés. Los beneficiados podían autorizar a otras personas a decir las misas cantadas u otros oficios litúrgicos que se celebraran en el hospital, pero serían ellos los que percibirían los correspondientes derechos parroquiales. Este documento nos informa igualmente de que en las festividades que se celebraban en la capilla del hospital, se tañían también las campanas de la iglesia de San Gil, cobrando el sacristán de la parroquia lo que por ello estaba estipulado. Se hace referencia a las Constituciones de 1631, en cuya constitución 8, título 5, se daba cuenta de que la fiesta principal organizada por la hermandad se celebraba el segundo domingo después de Epifanía: “y ha de decir la misa el beneficiado de la parroquia de señor San Gil, a quien toca, o dé su licencia el sacerdote que a los comisarios pareciere”. En la constitución 9, título 4, se ordena que a cada hermano fallecido se le dijeran treinta misas rezadas y una cantada y: “por noviembre de cada año se hagan horas por los hermanos difuntos, con vigilia y misa cantada, sermón y música, ibi: pagando de todo la limosna acostumbrada y las misas rezadas irá el rector del hospital”. Jerónimo de la Serna precisa que el número de misas cantadas fundadas en la hermandad, en esa fecha, ascendían a dieciséis, habiendo percibido por ellas 96 reales (3.264 maravedís) en 1656. Se hace alusión de pasada a las constituciones de 1513, 1534 y 1536. La hermandad celebraba también la festividad de la Concepción, en la que, en 1656, Gerónimo de la Serna había dado licencia a que oficiara un prebendado, percibiendo él los derechos parroquiales que le pertenecían.
Los estatutos de la hermandad y el hospital fueron reformados y adicionados en varias ocasiones, desde el siglo XVI al siglo XIX, además de las ya citadas, se tiene noticia de las Constituciones de 1582, 1676, 1716, 1759 y 1868. Las del siglo XVIII reproducen, en esencia, las de 1631, con las adiciones de 1634 y 1636, que habían sido impresas en 1676, por lo que mantienen las principales funciones cultuales ya citadas:
- El domingo de la octava de la festividad de los Difuntos (2 de noviembre): “harán honras por todos los hermanos muertos y por los bienhechores, con la cera y música necesaria, y se dirá misa cantada y vigilia y sermón, pagando de todo la limosna acostumbrada”. La asistencia de todos los hermanos era obligatoria (Constitución IX del Título IV, 1716).
- La fiesta principal se celebraba: “el segundo domingo después de la Epifanía y Pascua de Reyes, que la iglesia canta el evangelio de las Bodas de Architiclino [= Bodas de Caná] y la epístola de San Pablo de la hospitalidad y obras de caridad que debemos hacer y se hará en el hospital la fiesta dél, a que asistirán los hermanos... se han de librar docientos reales y no más porque con mayor gasto no cese alguna de las obras pías del hospital, y ha de decir la misa el beneficiado de la parroquia de señor San Gil, a quien toca, o de su licencia al sacerdote que a los comisarios pareciere, a los cuales toca convidar y elegir el tal sacerdote y el predicador que ha de predicar en esta fiesta” (Constitución VIII del Título V, 1716). Es probable que para solemnizarla se contratara también a alguna de las capillas de música de la ciudad. Las constituciones de 1759 incluyen una nota a este apartado en el que se indica que esta fiesta “se subrogó por la hermandad en la que se celebra del misterio de la Concepción de Nuestra Señora”.
- Coincidiendo con la dedicación de su iglesia, en 1615, el papa Paulo V había concedido el jubileo a todos aquellos que visitaran la iglesia del hospital de la Caridad en los siguientes días festivos: el citado de “las Bodas” (enero), San Juan Bautista (24 de junio), la Asunción de la Virgen (15 de agosto), la Concepción (8 de diciembre) y los Santos Inocentes (28 de diciembre), en el que anualmente se elegía hermano mayor. En todas ellas se celebraba “misa solemne”.
En 1743, se acordó que por cada hermano fallecido se dijeran solo nueve misas rezadas y una cantada “con diáconos y dobles en la parroquia y en nuestro hospital”.
El informe de cofradías de 1769, califica a esta hermandad como “útil a la iglesia, sin perjudicar en nada sus derechos, pues todas sus funciones se sirven con la asistencia de dicha parroquia”.
Era una cofradía cerrada en cuanto al número de sus hermanos, que las Constituciones de 1716 fijan en ochenta, mayores de 25 años, de los cuales un buen número eran nobles y caballeros. Todavía mantenía unos elevados ingresos a mediados del siglo XVIII.