Prices of vihuela strings, various instruments and pyrotechnic material in Granada (1627)

Ruiz Jiménez, Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988

Abstract

The Tasas de mercaderías printed in Madrid and Granada, in accordance with the royal pragmatic published in Madrid on 13 September 1627, whose purpose was to try to curb speculation and inflation, allow us to know the prices of numerous objects generating sounds and noises that would become part of the urban soundscape and which are difficult to document in other sources with the precision, variety and detail that we find in them.

Keywords

selling musical accessories , sale of vihuela strings , selling of instruments , pyrotechnic devices , merchants guild


En 1627, se imprimió en Granada una tasa general de precios de se hacía conformándose con la pragmática dada en Madrid ese mismo año: Tassa general de los precios, a que se han de vender las mercaderias, y las hechuras, salarios, jornales, y demas cosas contenidas en esta relacion que se ha de guardar en la ciudad de Granada, y en las demas ciudades, villas, y lugares de su Corregimiento, y se ha hecho por el señor don Luys Lasso de la Vega ... en conformidad de la Pregmatica de su Magestad, que se publicò en la villa de Madrid, a treze de septiembre deste año de mil y seyscientos y veinte, y siete. Granada: Imprenta de la Real Chancillería, por Francisco Heylan, 1627. Se vendía en la librería de Felicio Álvarez Ribeiro.

Veamos cuáles son los objetos que encontramos en este listado que serían potenciales generadores de sonidos y ruidos del paisaje sonoro urbano granadino:

Mercería (fol. 14 y ss.)

* Cada mazo de cuerdas finas de vihuela de Florencia, diez y ocho reales.

* Cada mazo de cuerdas finas de Pisa, diez y seis reales.

* Cada mazo de cuerdas ordinarias, seis reales.

* Cada mazo de bordones, cinco reales.

* Cada cascabel grande de mula, doce maravedís.

* Cada docena de cascabeles de danzas y pretales de caballo, a dos reales y medio.

* Cada docena de cascabeles que llaman de hurón, real y medio.

Mercaderes de hierro y acero (fols. 36 y ss.)

* Una esquila [cencerro] grande de cabañiles, a veinte y seis reales.

* Una esquila más pequeña que la de arriba, diez y seis reales.

* Una esquila de machos de cabrio, a doce reales.

* Más medianas, a seis reales.

* Los piquetes [cencerros de menor tamaño], a cuatro reales.

* Picotillos medianos, a dos reales.

* Cencerrillos chiquitos, seis cuartos.

* Esquilas de vacas, a ocho reales.

* Medianceras [cencerros] de vacas, cinco reales.

* Ajaraces [= aljaraces, campanilla o cascabel] para hurón, un real.

* Cencerros de mulas de arrieros, cada uno seis reales.

Latoneros (fol. 44v)

* Cada campanilla de buey grande, cuatro reales y medio.

* Cada campanilla de buey mediana, tres reales y medio.

* Una campanilla más pequeña, dos reales.

Cedaceros (fol. 47r):

* Un adufe grande, dos reales y medio.

* Un [adufe] mediano, real y cuartillo.

* Un tamboril de danza emparchado y la caja de aro de pino, diez y ocho reales.

* Unas sonajas para danzas de aro de pino, seis reales.

* Una caja de almez ¿instrumento?, nueve reales.

* Una caja de guerra de nogal ¿instrumento?, siete ducados.

Albardoneros (fol. 50r)

* De hechura de forrar un pretal de cascabeles para mulos, poniendo el baldrés [piel curtida], ocho reales.

* De guarnecer una faja para cascabeles con el baldrés anjeo, trayendo el dueño la faja y los cascabeles y seda, ocho reales y esto ha de llevar su guardapolvo.

 

En otro impreso granadino, publicado en 1628, se añadían nuevas “mercadurías” y se corregían los precios de algunas de las incluidas en el de 1627:

Añadidos a la Mercería (fol. 14 y ss.)

* Cada mazo de cuerdas de vihuela, cinco reales.

* Cada cuerda por menudo, dos maravedís.

* Cada gruesa de bordones de la tierra, cuatro reales y medio.

* Cada bordón, cuatro maravedís.

* La docena de cascabeles de danza, y pretales de caballos, dos reales y cuartillo.

* Cada flautilla pequeña para niños, cuatro maravedís.

* Cada gruesa de cuerda de vihuela de Florencia está puesta a diez y ocho reales y se pone cada madejuela a seis maravedís.

* Cada gruesa de cuerdas [de vihuela] de Barcelona está puesta a doce reales. Y se pone cada madejuela a cuatro maravedís.

* Cada docena de cascabeles de adufes, a doce maravedís.

* Otros de los dichos [de adufes], los mayores a dieciséis maravedís la docena.

Añadidos a latoneros (fol. 19r)

* Cada campanilla de media naranja, torneada con su capillo, para encima de los bufetes, la mayor, seis reales.

* La mediana cinco, la más pequeña cuatro reales.

* Una campanilla labrada con su cabo de sobre altar, seis reales.

* Otra campanilla que se llaman elarillas [sic], para tocar al Santísimo Sacramento, ocho reales.

* Campanas para porterías de frailes, desde media arroba hasta dos arrobas, cada libra de peso y hechura seis reales.

 

La Tassa de mercaderias de los precios a que se han de vender las mercaderias y otras cosas..., derivada de la pragmática de 13 de septiembre de 1627, publicada en Madrid, en 1628, por Juan González, recogía “cosas que no estaban puestas en la primera tassa y reformación que aora se ha hecho por los señores del Consejo de algunos de los precios que se pusieron en ella”. Se encuentra también en la Biblioteca Universitaria de Granada, ciudad a la que debió llegar porque esta tasación era de aplicación general para todo el reino.

Mercaderías de fuera del reino (fol. 9r)

* Trompetas de Alemania y Amberes, sesenta reales cada una.

Buhonería (fol. 13rv)

* Un par de castañetas de boj blancas y negras, a doce maravedís.

* Un par de castañetas blancas, veinticuatro maravedís.

* Un par de castañetas negras finas, un real y un cuartillo.

* Flautas ordinarias, a tres reales la docena, y al respecto por menor.

* Flautas de tamborilero, a nueve reales la docena, y al respecto por menor.

* Flautas coloradas a seis maravedís la docena.

* Cuerdas de cítara blancas y doradas, a cuatro maravedís cada una.

Mercerías que no están en la tasa general (fol. 16v)

* Cascabeles de los medianos finos dos reales la docena, y de los chicos a real.

Lo que ha de llevar los plateros por las hechuras de plata (fol. 18v)

* De hechura de una campanilla torneada con su cadenilla, nueve reales.

* De hechura de un cascabelero con siete cascabeles y su cadena, catorce reales.

* De hechura de una corneta con siete cascabeles, doce reales.

Cedaceros (fol. 28v-29r)

* Un pandero, el mayor, tres reales.

* El mediano, dos reales.

* Un pandero chico, un real.

* Otro más pequeño, seis cuartos.

* Un pandero de palillo de niños, seis maravedís.

* Unas sonajas, ocho reales.

* Una caja de guerra de campaña, acabada en toda perfección con sus dos baquetas, sesenta y seis reales.

* Una caja de hierro de las mayores, con sus dos baquetas, setenta y siete reales.

* Un tamboril para danzas, treinta y seis reales.

Hierro tirado (fol. 96v)

* Una jaula de un canario, cuatro reales.

* Una jaula de veneruela, cuatro reales y medio.

* Una jaula de calandria, seis reales.

* Una jaula de tutubía [Alondra totovía] y de perdigón [polluelo de perdiz], cuatro reales cada una.

* Una jaula de papagayo, diez reales.

* Una jaula de catalnilla [ave americana de menor tamaño], ocho reales.

* Una jaula de periquillo [ave americana más pequeña], seis reales.

Pólvora y cohetes (fol. 43r)

* Cada docena de cohetes voladores escotos de invención, dieciocho reales, y al respecto por menudo.

* Cada docena de voladores de Lucas, nueve reales, y al respecto por menudo.

* Cada docena de voladores ordinarios de papel, a tres reales, y al respecto por menudo.

* Cada cohete buscapiés, a seis maravedís.

* Montantes de a siete salidas y cada salida nueve cohetes con se segurillo, doce reales cada montante.

* Cada rueda de cohetes que ha de tener setenta y siete bufones, seis reales.

* Cada carretilla, nueve cuartos.

* Cada cajeta, a real y veinte maravedís.

* Morteretes, a cuarenta y cuatro maravedís cada uno.

Latoneros (fol. 53v)

* Campanas de una hasta tres libras de peso a seis reales y medio la libra.

* Un llamador labrado de altar, cinco reales.

* Una campanilla torneada de media naranja, cuatro reales.

* Un esquilón abollado, de tres cuarterones escasos de peso, cuatro reales.

* Esquilones de Barcelona de siete onzas de peso, poco más o menos, y campanillas del mismo peso para bueyes, dos reales y medio cada pieza.

* Otras más pequeñas que las de bueyes para collares, a real y medio cada una.

* Otras más pequeñas para niños, a real cada una.

* Cencerros grandes para ganado, a cuatro reales, medianos a tres y los más pequeños a dos cada uno.

* Cencerrillas para ganado, las mayores cuarenta maravedís y pequeñas a veinticuatro maravedís cada una.

Estas Tasas de mercaderías, derivadas de un intento de evitar la especulación y la inflación, nos han permitido conocer los precios de numerosos objetos que generarían sonidos y ruidos que se integrarían en el paisaje sonoro urbano y que resultan difíciles de documentar en otras fuentes con la precisión, variedad y detalles que encontramos en ellas.

Resources

Granada (1565) (detail). Joris Hoefnagel. Georg Braun. Civitates Orbis Terrarum, vol. 5. Cologne, 1598

Libro de entretenimiento de la Picara Ivstina. Francisco López de Úbeda. Medina del Campo: Cristobal Lasso Vaca, 1605

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Tassa general de los precios, a que se han de vender las mercaderias... que se ha de guardar en la ciudad de Granada. Granada: Imprenta Real, Francisco Heylan, 1627

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Tassa de mercaderias de los precios a que se han de vender las mercaderias y otras cosas.... Madrid: Juan González, 1628

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Cawbells

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