City trumpeters and kettledrummers in Granada (1555-1613)

Ruiz Jiménez, Juan
Real Academia de Bellas Artes de Granada
0000-0001-8347-0988

Abstract

The first record of a group of trumpeters and atabales in the service of the municipal council of Granada dates from 1555. In the following years, the number of trumpeters would stabilise at four and their employment would be guaranteed by the royal licence which was periodically renewed each time it expired.

Keywords

heraldic music , festival , street music , military music , announcement , feast of the Taking of Granada , feast of Corpus Christi , civic celebration for a royal birth , feast of Saint James , bullfights , juegos de cañas (mock tournaments fought with bulrushes) , Juan de Oñate (trumpet, vihuela player, dance teacher) , Alonso Martín(ez) (trumpeter) , Pedro González de Vera (trumpeter) , trumpeter , drum player , Alonso Martín(ez) (trumpeter) , Juan Ramírez (trumpeter) , Ramírez, the Elder (trumpeter) , Sebastián el Zogonbi (kettledrummer) , Antonio de Navarrete (trumpeter) , Francisco Hernández (trumpeter) , Alonso Hernández (trumpeter) , Gonzalo Martín (trumpeter) , drum players , fife , Juan Pérez Borgoñón (fife) , Melchor Hernández (kettledrummer) , Lorenzo Hernández (kettledrummer) , Luis Zogonbi (kettledrummer)


Solo se han conservado seis libros de las actas del cabildo municipal de Granada para el siglo XVI (1497-1502, 1512-1516, 1516-1518, 1518-1522, 1556 y 1566), por lo que nuestro conocimiento sobre sus actividades en la gestión y participación en la vida ciudadana son limitadas. La primera noticia que tenemos de la presencia de un grupo de trompetas y atabales asalariados al servicio de esta corporación en estos registros data de 1555, por lo que será necesario localizar otras fuentes documentales si queremos precisar la fecha exacta en la que fueron contratados.

En los autos capitulares de la corporación granadina recogidos en el libro de 1556 encontramos los siguientes libramientos:

* 20 de enero: “Este día los dichos señores mandaron librar a los atabaleros desta ciudad su salario del año pasado conforme al parescer del señor Gonzalo Fernández de Córdoba, veinte e cuatro desta ciudad”.

* Pocos días más tarde, en la reunión de 7 de febrero de 1556, se acuerda otro libramiento similar: “Este día los dichos señores Granada mandaron librar a los trompetas desta ciudad los dos tercios de su salario del año pasado conforme al parecer del señor Fernando del Carpio”.

* Un nuevo auto, fechado el 8 de febrero, nos permite conocer el nombre de esos trompetas: “Este día, los dichos señores Granada mandaron librar a Alonso Martín e Oñate e Vera, trompetas desta ciudad, el tercio postrero de su salario conforme a el parescer de [sic], el cual tercio postrero se cumplió en fin del mes de diciembre del año pasado”.

El libro de actas de 1565 es mucho más prolijo en noticias sobre los músicos contratados al servicio del cabildo de la ciudad. Todo apunta a que, por un lado, esta corporación tenía asalariados un grupo de trompetas y de atabaleros y que, por otro, contrataba instrumentistas independientes como refuerzos en las festividades anuales y celebraciones esporádicas más destacadas de cuya organización era responsable, ya fuera en solitario o en colaboración con otras instituciones de la ciudad.

* 15 de enero: “Este día los señores recibieron por trompeta desta ciudad a Ramírez, hijo de Ramírez el Viejo, con el salario acostumbrado, visto que el señor Diego Calderón de Ávila [uno de los caballeros veinticuatro del cabildo] ha dicho ques hábil”.

* 25 de enero: Se libran seis ducados (2.250 maravedís) a “los ministriles” y cuatro ducados “a los trompetas” (1.500 maravedís) que sirvieron en la procesión de la Toma de Granada (2 de enero). También se pagarán tres ducados (1.125 maravedís) a “Sebastián el Zogonbi y sus compañeros atabaleros” por su participación en la citada procesión y en el “pregón de las pragmáticas reales”. Esta noticia es especialmente interesante, ya que Sebastián el Zogonbi era morisco, como también podían serlo algunos de sus compañeros. Probablemente emparentado con Alonso Zogonbi, uno de los miembros del grupo de zambreros activo en Granada en la década de 1530, el cual servía igualmente en procesiones y otros actos festivos de la ciudad. Véase: https://www.historicalsoundscapes.com/evento/342/granada.

* 4 de mayo: “Este día los dichos señores recibieron por trompeta desta ciudad a Antonio de Navarrete con el salario ordinario”.

* 12 de junio: “Este día los dichos señores mandaron librar a Francisco Fernández y Alonso Martín, trompetas, dos ducados (750 maravedís), porque sirvieron en el pregón de la pragmática sobre los rufianes y ganapanes y pena de galeras”. Esta pragmática fue promulgada el 3 de mayo de 1566.

* 21 de junio: “Este día los dichos señores mandaron librar a Sebastián el Zogonbi y sus compañeros tres ducados que ovieron de haber de dos veces que han servido con los atabales el uno para pregonar las premáticas y el otro el día de Corpus Christi”.

* 12 julio: “Este día los dichos señores mandaron librar a Francisco Hernández, trompeta, e Alonso Martín e Juan Ramírez, trompetas, dos ducados por que sirvieron de trompetas el día de Corpus Christi deste año, conforme al parecer del señor Juan Sánchez Obregón a quien fue cometido”.

* 23 julio: “Este día los dichos señores mandaron quel señor don Diego de Mendoza haga hacer unas ropas de paño, libreas, a los atabaleros, de colores que le parezca e lo que dijere que cuestan se le libre y se haga para estas fiestas”. Se refiere a las fiestas que se organizaron por el nacimiento de la infanta Isabel Clara Eugenia.

* 2 de agosto: “Este día los dichos señores mandaron librar a Alonso Martínez y Alonso Hernández y Juan Ramírez y Pedro de Vera y Gonzalo Martín, trompetas, a todos cinco cuatro ducados por lo que sirvieron en las fiestas que se hicieron el día de S. Santiago por mandato de la çiudad, demás de los trompetas salariados”. En estas fiestas se corrieron toros y se hizo un juego de cañas en la plaza de Bibarrambla. Se hizo una tribuna efímera para los trompetas, al lado de la casa de los Miradores.

* 11 de agosto: “Los dichos señores mandaron que para estas fiestas [las del nacimiento de Isabel Clara Eugenia] se den libreas a los trompetas y atabales de los colores de su magestad, a las trompetas de tafetán y a los atabales de paño y se den gualdrapas de lo mismo e que los señores Pedro de Aguilar y García De Briones se lo compren y le hagan hacer”. La mención a las gualdrapas con las armas reales pone de manifiesto el que iban en cabalgaduras.

* 16 de agosto: Asentada la milicia local de Granada por acuerdo del cabildo municipal, recayó sobre sus arcas el mantenimiento de los músicos a su servicio: “Este día los dichos señores mandaron librar a los dos atambores de la milicia y a Juan Pérez Borgoñón, pífano, que sirven en estos oficios en la milicia, a cada uno dellos doce reales cada mes. Desta manera a los atambores desde veinte e cuatro de octubre de sesenta y cinco y al pífano desde diez de enero deste año de mil e quinientos y sesenta e seis conforme al parecer que sobre ellos dieron los señores Diego Calderón Dávila y Gaspar Monte, a quien fue cometido”. [Contradición] “El señor don Diego de Mendoza dijo que él no es en esta libranza porque cuando aquí se leyó la provisión de la milicia él no fue en que aquí oviese milicia e se suplica se dé la provisión. El señor Francisco Darias dijo que se traiga la provisión y autos que sobre esto hay”.

* 24 de septiembre: “Este día los dichos señores recibieron por atabaleros desta çibdad a Mechior Hernández y Lorenzo Hernández y Luis Zogonbi con el salario ordinario el cual corra desde diez y seis de agosto deste año”. En este grupo encontramos a Luis, el tercer miembro de la citada dinastía de atabaleros moricos, los Zogonbi.

* 1 de octubre: “Este día los dichos señores Granada mandaron librar a Juan Ramírez e a Diego Martín e Juan Sánchez, trompetas, veinte e cuatro reales (816 maravedís) porque sirvieron en las fiestas questa ciudad hizo por el parto de la reina Nuestra Señora. A ocho reales a cada uno, conforme al parecer del señor Pedro de Aguilar, a quien se cometió”.

* 1 de octubre: “Este día los dichos señores mandaron librar a Juan de Oñate e Navarrete, trompetas desta ciudad, lo que se les debe de un tercio de su salario que se cumplió en fin de agosto deste año conforme al parecer del señor Diego de Santisteban a quien se cometió”.

* 1 de octubre: “Este día los dichos señores mandaron librar al Zogonbi y sus compañeros doce reales (408 maravedís) por que sirvieron de atabaleros en las fiestas de S. Santiago conforme al parecer del señor Mateo de Coca a quien se cometió”.

Como se ha podido apreciar, entre los nombres de estos instrumentistas encontramos apellidos que se repiten y que apuntan a relaciones familiares similares a las que encontramos en los ministriles. También he localizado a alguno de estos instrumentistas en otras tareas ajenas a sus servicios para la corporación municipal. Véase: https://www.historicalsoundscapes.com/evento/815/granada.

Un protocolo notarial, fechado el 21 de julio de 1572, permite identificar el nombre completo de uno de los trompetas citados, Vera. En este documento, Pedro González de Vera, trompeta, vecino de Granada en la collación de la Magdalena, pone a su hijo Luis, de catorce años, por aprendiz durante tres años con el sastre Rodrigo de Cuellar, con las condiciones habituales de este tipo de contratos.

Desde el último cuarto del siglo XVI, al igual que en otras ciudades castellanas, la autorización para contratar trompetas y ministriles a cargo de los ingresos municipales dimanaba del poder real, el cual prorrogaba esa licencia mediante cédulas por periodos de tiempo variables cada vez que la que estaba vigente caducaba, aunque, como veremos, en estos plazos siempre se producían ciertas irregularidades. En el caso de Granada, el desencadenante fue una solicitud que efectuó el cabildo de la ciudad, según se refiere en la primera cédula real concedida para esta contratación, en la que exponían lo siguiente:

“Por cuanto por parte de vos, la ciudad de Granada, nos fue fecha relación que los años pasados siempre habíades tenido cuatro trompetas para el ministerio de la guerra y otros actos de regocijo quen ella se facían y de pocos años a esta parte se habían despedido por el poco salario que se le daba por no poderse sustentar con él, suplicándonos que atento la grandeza desa ciudad quera frontera vos mandásemos dar licencia y facultad para poder tener las dichas trompetas y dalles el salario competente hasta en cantidad de veinte y cuatro mil maravedís quera seis mil maravedís a cada una o como la nuestra merced fuese, lo cual visto por los del nuestro Consejo y con nos consultado fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón y nos tuvímoslo por bien por la cual vos damos licencia y facultad para que de seis años cumplidos primeros siguientes que corren desde el día de la data desta nuestra carta en adelante podáis dar y deis en cada uno dellos de salario a las dichas cuatro trompetas los dichos veinte y cuatro mil maravedís sin que por ello cayáis ni incurráis en pena alguna y mandamos a la persona que por nuestro mandado tomaren las cuentas de los propios e rentas de la dicha ciudad que con esta carta original y libramiento vuestro y carta de pago de los dichos trompetas vos los reciban y paguen en cuenta sin otro recaudo alguno… dada en Madrid, a siete días del mes de mayo de mil e quinientos y setenta y ocho años...”

La cédula real que, con el mismo motivo, está fechada el 1 de abril de 1593 hace referencia a que cuando la anterior caducó, en 1584, el cabildo siguió pagando a los trompetas la cantidad establecida y que, por lo tanto, solicitaba al Consejo:

“Mandásemos se pasase y recibiese en cuenta lo gastado hasta agora y de aquí delante lo pudiésedes dar por tiempo de diez años o como la Nuestra Merced fuese, lo cual visto por los de nuestro consejo fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón y nos tuvímoslo por bien, por la cual os prorrogamos y alargamos la dicha licencia que de suyo se hace minción por otros doce años más, los cuales corran y se cuenten desde aquel cumplidos, durante los cuales podáis dar y deis en cada uno dellos de salario a las dichas cuatro trompetas los dichos veinte y cuatro mil maravedís sin por ello caer ni incurrir en pena alguna”.

Esta cédula cubría el período desde 1584 a 1595. El 27 de marzo de 1595, se sacó un traslado de esta cédula, probablemente para solicitar su prórroga. La siguiente que he localizado se expidió en Valladolid el 12 de septiembre de 1601 y prorrogaba la licencia para la contratación de estos instrumentistas, de nuevo, por doce años, hasta 1613.


Source:

Archivo municipal de Granada. Actas de Cabildo, libro 00005, CF, 26r, 40v, 46r; libro 00006, CF, fols. 29r, 43v, 46r, 150r, 203v, 206r, 226r, 265v, 281r, 291r, 300r, 303rv, 341r, 344r; Cédulas reales y provisiones, libro 07091, fols. 135v-137v, 156v-158r.

Archivo de Protocolos Notariales, leg. 192, fol. 9rv.

Bibliography:

Created: 21 Jan 2019
Modified: 05 Feb 2024
Referencing: Ruiz Jiménez, Juan. "City trumpeters and kettledrummers in Granada (1555-1613)", Historical soundscapes, 2019. e-ISSN: 2603-686X. https://www.historicalsoundscapes.com/en/evento/910/granada.
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Resources

Trumpets of the city council of Granada

Trumpets. Musica getuscht und angezogen. Sebastián Virdung (1511)

Archivo Municipal de Granada, Libro de actas capitulares nº 5, fol. 26r

Archivo Municipal de Granada, Libro de actas capitulares nº 6, fol. 226r

Archivo Municipal de Granada, Libro de actas capitulares nº 6, fol. 291r

Archivo Municipal de Granada, Libro de actas capitulares nº 6, fol. 303r

Archivo Municipal de Granada, Libro de Cédulas y reales y provisiones, nº 07091, fols. 136v-137r

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